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Colectivo Accidentes Personales

Accidentes Personales

Preparado para lo inesperado

Ante la posibilidad de sufrir un accidente, nuestro Seguro de Accidentes Personales te indemniza en caso de incapacidad, pérdida de miembros, gastos médicos por lesiones o incluso la muerte.

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Preparado para lo inesperado

Ante la posibilidad de sufrir un accidente, nuestro Seguro de Accidentes Personales te indemniza en caso de incapacidad, pérdida de miembros, gastos médicos por lesiones o incluso la muerte.

¿Qué no me cubre el seguro?

  • Infecciones bacterianas.
  • Tratamiento médico o quirúrgico no exclusivo a lesiones cubiertas por la póliza.
  •  Lesiones por actos intencionales del asegurado.
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¿Por qué contratar ACSA?

  • Brinda cobertura mundial, las 24 horas del día y los 365 días de la semana.
  • Fácil contratación con solicitud de seguro e información básica sobre ocupación y actividades.
  • Mejor atención al cliente: rápida, eficiente y personalizada.

¿Por qué contratar ACSA?

  • Brinda cobertura mundial, las 24 horas del día y los 365 días de la semana.
  • Fácil contratación con solicitud de seguro e información básica sobre ocupación y actividades.
  • Mejor atención al cliente: rápida, eficiente y personalizada.
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¿Como puedo ahorrar?

  • Recibe una renta diaria por incapacidad temporal que le impida al asegurado realizar sus actividades laborales. Hasta por un máximo de 365 días.
  • Indemnización de un % de la suma asegurada, por incapacidad total o por sufrir la pérdida de algún miembro.
  • Cobertura para gastos médicos debido a lesiones accidentales.
  • Recibe la suma asegurada contratada en caso de muerte accidental.
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  • Los productos a los que se hace referencia en este sitio web pueden estar sujetos a modificaciones de conformidad al plan que escoja el contratante, las condiciones de cada plan se le enviarán vía digital previo a su aceptación.
  • Para todos los efectos legales y propósitos contractuales, la aceptación otorgada por medios digitales se considera haberlo sido por escrito. Las partes acuerdan que al dar su consentimiento por dicho conducto, el aceptante ha leído toda la información proporcionada por la aseguradora por este o cualquier otro medio físico o digital; y en virtud de lo anterior, es su voluntad contraer obligaciones de carácter contractual con la compañía.